En 2019 y 2020, se introdujeron en el ordenamiento jurídico checo dos directivas europeas, ATAD* y DAC6**, para evitar la evasión del impuesto de sociedades. La SAO examinó si la introducción de estas directivas en la legislación checa ha reducido la evasión del impuesto de sociedades y ha hecho más eficiente la administración de dicho impuesto.
La fiscalización puso de manifiesto que no se puede cuantificar el impacto preventivo o disuasorio de las medidas introducidas en los ingresos fiscales y que no se puede cuantificar el importe del impacto de las nuevas medidas de la ATAD en relación con la evasión fiscal debido a la falta de pruebas justificativas: faltan datos fuente adecuados. Según las conclusiones de la SAO, la introducción de las directivas no tuvo un impacto significativo en la eficiencia de la administración del impuesto. La aplicación de ambas directivas costó un total de 36,7 millones de euros a finales de 2022. El coste total de las directivas ascendió a 36 millones de coronas checas. Esto incluía los gastos salariales y los gastos de adaptación de los sistemas de información.
Los ingresos procedentes del impuesto de sociedades -cuya recaudación ascendió a 953.400 millones de coronas checas entre 2018 y 2022- son el cuarto ingreso más importante del presupuesto del Estado. Los auditores constataron que, a falta de fuentes de datos, el Ministerio de Hacienda no disponía de información sobre la eficacia y eficiencia de las normas introducidas por la ATAD y no sabía si su impacto era el esperado.
Según la SAO, la aplicación de la Directiva DAC6 ha reforzado el intercambio internacional de información, pero la utilidad de esta información en la República Checa ha sido mínima. Basándose en una revisión de la información de 927 notificaciones DAC6, la Administración Financiera Checa (FSA) no evaluó ningún riesgo con impacto en los ingresos fiscales.
La Dirección General Financiera (DGF) no ha establecido un procedimiento para la transferencia de información de las notificaciones DAC6 a las autoridades fiscales competentes a nivel local, de modo que las autoridades fiscales dispongan de toda la información, por ejemplo, para utilizarla en los análisis de riesgos y en las auditorías posteriores. El tratamiento de la información procedente de las notificaciones DAC6 se realizaba en la mayoría de los casos manualmente por el FGD. Por consiguiente, la SAO consideró insuficiente la informatización de la administración del impuesto de sociedades en el ámbito de las notificaciones DAC6.
Cuando finalizó la fiscalización, el FGD no había cumplido uno de los objetivos estratégicos del desarrollo del FS de la República Checa relativo a un expediente totalmente electrónico. En el momento de finalizar la fiscalización, el Sistema Automatizado de Información Fiscal no había sido sustituido por un nuevo sistema de información que permitiera, por ejemplo, la conversión de un documento en papel a un formato electrónico con los efectos legales del original. La SAO constató que el FGD gastó 6,8 millones de euros en el periodo fiscalizado. El FGD gastó 6,6 millones de coronas checas en gastos salariales de empleados que participaron en la transferencia de expedientes en papel.
El método de transferencia de la documentación de los expedientes de las oficinas tributarias individuales a la Dirección Financiera de Apelación no cumplía los requisitos de la informatización de la administración tributaria. Por ejemplo, los auditores descubrieron que en 2022, 87 % de los expedientes relacionados con el impuesto de sociedades se transfirieron a la Dirección Financiera de Apelación en papel, aunque estos expedientes se mantenían íntegramente en formato electrónico.
El FGD no facilitó a la Comisión Europea la información obligatoria sobre los costes administrativos incurridos en relación con el intercambio automático de información para el año 2023, incumpliendo la Ley de Cooperación Internacional en materia de Administración Tributaria.
La SAO no tuvo en cuenta los años 2020 y 2021 en su fiscalización de la administración del impuesto de sociedades, dado que todos los indicadores de rendimiento de estos años se vieron afectados por acontecimientos relacionados con la pandemia de covid-19.
* ATAD - Directiva (UE) 2016/1164 del Consejo se introdujo en la legislación nacional sobre el impuesto de sociedades a partir de abril de 2019. El objetivo de la Directiva era evitar la evasión fiscal.
** DAC6 - Directiva (UE) 2018/822 del Consejo se introdujo en la legislación fiscal checa en agosto de 2020, con el objetivo de aumentar la transparencia y mejorar el acceso a la información. La Directiva ha introducido la obligación de informar sobre los acuerdos transfronterizos que tengan como resultado, entre otras cosas, la obtención de una ventaja fiscal (trasladar la base imponible a otros países para garantizar que determinadas partidas de ingresos no tributen en ningún lugar o aprovechar las diferencias en los tipos impositivos).
SAO/ gnews - RoZ
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