La Comisión Europea ha impuesto a la empresa Meta una multa de 797,72 millones de euros por infringir las normas antimonopolio de la Unión Europea, al vincular su servicio de anuncios en línea, Facebook Marketplace, con su red social personal, Facebook, y al imponer condiciones comerciales injustas a otros proveedores de servicios de anuncios en línea.

Meta es una empresa tecnológica multinacional estadounidense. Su producto principal es la red social personal Facebook. También ofrece un servicio de anuncios en línea llamado "Facebook Marketplace", donde los usuarios pueden comprar y vender productos.

La investigación de la Comisión reveló que la empresa Meta ocupa una posición dominante en el mercado de redes sociales personales, que abarca al menos todo el Espacio Económico Europeo (en adelante, "EEE"), así como en los mercados nacionales de publicidad en línea en redes sociales.

La Comisión determinó que Meta abusó de su posición dominante en violación del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ("TFUE"), al:

  • Integrar su servicio de anuncios en línea, Facebook Marketplace, con su red social personal, Facebook. Esto significa que todos los usuarios de Facebook tienen acceso automático y están expuestos regularmente al servicio de Facebook Marketplace, independientemente de si lo desean o no. La Comisión constató que los competidores de Facebook Marketplace podrían ser excluidos del mercado, ya que esta vinculación proporciona a Facebook Marketplace una ventaja de distribución significativa que sus competidores no pueden igualar.
  • de manera unilateral, impone condiciones comerciales injustas a otros proveedores de servicios de anuncios en línea que publican en las plataformas de Meta, especialmente en sus redes sociales Facebook e Instagram, que son muy populares. Esto permite a Meta utilizar los datos relacionados con la publicidad generados por otros anunciantes exclusivamente en beneficio de Facebook Marketplace.

La Comisión ordenó a Meta que cesara inmediatamente esta práctica y que evitara repetir conductas ilegales o que, en el futuro, no adoptara prácticas con un objetivo o efecto equivalente.

La multa de 797,72 millones de euros se estableció en base a las directrices de la Comisión sobre las multas de 2006 (ver comunicado de prensa y MEMO).

Al determinar el importe de la multa, la Comisión tuvo en cuenta la duración y la gravedad de la conducta ilegal, así como la facturación de Facebook Marketplace, a la que se refiere la conducta ilegal, lo que determina la base del importe de la multa. Además, la Comisión tuvo en cuenta la facturación total de Meta para garantizar un efecto disuasorio adecuado para una empresa con recursos tan significativos como Meta.

"Hoy hemos impuesto a la empresa Meta una multa de 797,72 millones de euros por abuso de su posición dominante en los mercados de servicios de redes sociales personales y de publicidad en línea en plataformas de redes sociales. Meta vinculó su servicio de anuncios en línea, Facebook Marketplace, a su red social personal, Facebook, e impuso condiciones comerciales injustas a otros proveedores de servicios de anuncios en línea. Esto se hizo en beneficio de su propio servicio, Facebook Marketplace, lo que le permitió obtener ventajas a las que otros proveedores de servicios de anuncios en línea no podían igualar. Esto es ilegal según las normas de competencia de la UE. Meta debe ahora dejar de comportarse de esta manera", declaró la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión responsable de la política de competencia, **Margrethe Vestager.**

En junio de 2021, la Comisión inició un procedimiento formal sobre posibles prácticas anticompetitivas de Facebook. En diciembre de 2022, la Comisión envió a Meta una comunicación de cargos, a la que la empresa respondió en junio de 2023.

El artículo 102 del TFUE y el artículo 54 del Acuerdo del EEE prohíben el abuso de una posición dominante.

Una posición dominante en el mercado, en sí misma, no es ilegal según las normas de competencia de la UE. Sin embargo, las empresas con una posición dominante tienen una responsabilidad especial de no abusar de su fuerte posición en el mercado, ya sea restringiendo la competencia en el mercado en el que tienen una posición dominante o en mercados relacionados.

Las multas impuestas a las empresas que infringen las normas de competencia de la UE se destinan al presupuesto consolidado de la UE. Estos ingresos no se destinan a gastos específicos, sino que se reducen proporcionalmente las contribuciones de los Estados miembros al presupuesto de la UE para el año siguiente. Por lo tanto, las multas ayudan a financiar la UE y reducen la carga para los contribuyentes.

Más información sobre este caso estará disponible bajo el número de expediente AT.40684 en el registro público de expedientes en el sitio web de la Comisión dedicado a la política de competencia, una vez que se hayan resuelto las cuestiones de confidencialidad.

CE/ gnews - RoZ

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